Contraloría advierte deficiencias en contratación de consultorías del proyecto de agua de Tingo María

Mano negra en la contratación de consultorías

Advierten deficiencias en procesos para contratar consultorías del proyecto de agua y alcantarillado de Tingo María

Fuente de imagen: Mano negra en la contratación de consultorías

Un informe de control concurrente detecta bases incompletas, falta de presupuesto asegurado y vacíos en el requerimiento del proyecto que lleva más de 14 años paralizado.

La Contraloría General de la República (CGR) advirtió deficiencias en los procedimientos de selección convocados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado para contratar las consultorías encargadas de elaborar y supervisar el expediente técnico del saldo de obra del sistema integral de agua potable y alcantarillado de Tingo María. Según el órgano de control, estas situaciones podrían afectar la transparencia y oportunidad de las contrataciones y generar una nueva postergación de un proyecto que lleva más de 14 años sin cumplir su finalidad pública.

Recursos no asegurados para 2027

De acuerdo con el Informe de Control Concurrente, cuya evaluación se realizó del 10 de abril al 15 de setiembre de 2026, la municipalidad convocó en julio y agosto de este año dos procedimientos de selección para contratar la elaboración del expediente técnico del saldo de obra del sistema de agua potable y alcantarillado de la zona urbana del distrito de Rupa Rupa, así como su respectiva supervisión. Para la elaboración del expediente se programó un presupuesto de S/ 2 235 687 para el año fiscal 2026 y S/ 1 714 290 para 2027, mientras que para la supervisión se consideró S/ 1 197 451 para 2026 y S/ 918 186 para el siguiente año. En conjunto, ambos servicios representan una inversión de S/ 6 065 615.

Sin embargo, la Contraloría señaló que la entidad no aseguró los recursos necesarios para atender las obligaciones contractuales del ejercicio fiscal 2027 y que dichos servicios tampoco figuran en la programación multianual. Esta situación podría afectar la continuidad de la elaboración y supervisión del expediente técnico derivados de los procedimientos convocados durante 2026.

Bases incompletas y requerimientos sin sustento

El órgano de control identificó que las bases integradas registradas en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) se encontraban incompletas, pues faltaban páginas del archivo correspondiente. Esta situación impidió verificar si los aspectos señalados durante la absolución de consultas y observaciones fueron finalmente incorporados o excluidos de las bases.

La Contraloría también advirtió que la entidad no respondió si, para la elaboración del requerimiento del concurso público, se utilizaron planos, diseños y memorias descriptivas elaborados por un consultor anterior. Esto pese a que la propia entidad había señalado que dichos documentos presentaban inconsistencias y deficiencias técnicas que impedían su utilización. Además, la documentación que sustenta el procedimiento de selección no contenía toda la información relacionada con las solicitudes de cotización realizadas a los proveedores, y la Oficina de Abastecimiento no acreditó el uso de las dos herramientas de interacción con el mercado exigidas por la normativa.

Recomendación de nulidad

Ante las situaciones advertidas, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) recomendó declarar la nulidad del procedimiento de selección y retrotraerlo hasta la etapa de convocatoria, con la finalidad de corregir los aspectos identificados. La Contraloría notificó a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado para que adopte las acciones correctivas correspondientes frente a las situaciones adversas identificadas en el informe de control.

Lo que falta aclarar

  • ¿Por qué la municipalidad convocó procedimientos de selección sin asegurar los recursos presupuestales para 2027 ni incluir los servicios en la programación multianual?
  • ¿Cómo fue posible que las bases publicadas en el SEACE estuvieran incompletas y quién es responsable de esa omisión?
  • ¿Se utilizaron o no los planos, diseños y memorias descriptivas del consultor anterior que la propia entidad calificó de deficientes?
  • ¿Por qué la Oficina de Abastecimiento no acreditó el uso de las dos herramientas de interacción con el mercado exigidas por la normativa?

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