López Aliaga evita rendir cuentas de sus gastos de campaña amparado en vacío legal
La ley que libra de rendir cuentas a los candidatos a regidores permite que figuras con alta intención de voto hagan campaña como alcaldes sin ninguna fiscalización financiera. Ante esto, expertos advierten sobre el uso de recursos sin supervisión y vacíos legales que se replican en todo el país.

Fuente de imagen: La República
Postula como regidor pero se promociona como alcalde de Lima: la Ley N° 32058 lo exonera de presentar sus gastos ante la ONPE, y el JEE archivó el proceso por su propaganda.
Rafael López Aliaga, líder de Renovación Popular, postula formalmente como candidato a primer regidor, pero su campaña cuenta otra historia: asiste a los debates municipales, protagoniza paneles publicitarios por toda Lima y se presenta como la figura central del proceso. Esa diferencia no es menor: al no inscribirse como candidato a la alcaldía, queda libre de presentar sus informes de ingresos y egresos ante la ONPE, exonerado de la fiscalización financiera que sí se exige a los candidatos a alcaldes. ¿Puede un candidato que actúa como alcalde eludir la rendición de cuentas solo por un cambio en su inscripción?
Una reforma que abrió la puerta
A mediados de 2024, el Parlamento modificó el artículo 34.5 de la Ley de Organizaciones Políticas mediante la Ley N° 32058. Con esa reforma, los postulantes a regidores y consejeros regionales quedaron exentos de presentar sus informes financieros de campaña. Antes, la normativa obligaba a todas las candidaturas sin distinción a transparentar sus cuentas: las organizaciones políticas y sus responsables debían presentar en dos entregas obligatorias la información sobre aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral.
El costo de una campaña sin supervisión
El experto en marketing político Cristopher Añanca explicó a La República que mantener una estrategia efectiva implica montos elevados: entre 10.000 y 30.000 soles mensuales para un equipo «low cost», y entre 50.000 y 100.000 soles mensuales cuando se requiere un equipo más sofisticado, incluyendo investigación, estrategia política, organización de comunidades y gestión de comunicación digital y en medios. A ello se suma la publicidad exterior: según Añanca, el costo en Lima y otras regiones gira en torno a los 5.000 y hasta los 35.000 o 50.000 soles, con un rango general entre 10.000 y 55.000 soles según el formato estático o digital.
El JEE archiva el proceso sancionador
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro decidió archivar el proceso sancionador abierto contra la propaganda de López Aliaga. Aunque los fiscalizadores detectaron paneles y pintas en Breña que promocionaban su imagen como «Alcalde de Lima» pese a postular solo a regidor, el colegiado determinó que no se podía sancionar esta publicidad. Según la resolución, las infracciones en materia de propaganda electoral únicamente pueden sancionarse cuando hayan sido previamente tipificadas de manera expresa, clara e inequívoca, y «no resulta suficiente cuestionar el contenido con el que aquella fue colocada o difundida inicialmente»: la norma actual solo castiga la alteración o destrucción de propaganda ya permitida.
Expertos advierten un mal precedente nacional
El abogado y experto en derecho electoral Kevin Advíncula señaló a La República que la inscripción como regidor no exime al político de su responsabilidad ante la ciudadanía. «No es si la ley lo obliga, sino que en este caso Rafael López Aliaga actúa y se presenta ante la ciudadanía como un virtual candidato a la alcaldía», sostuvo, y añadió que el político acumula «una sanción firme y también hay otra observación de trámite», por lo que «no puede excusarse indicando que está postulando como regidor para efectos de evadir una exigencia legal». Advíncula advirtió además que el problema se replica en todo el país: «hay cientos de candidatos que están en la misma situación, amparados en que la norma no nos obliga a dar cuentas», y criticó que la ONPE y el JNE «deberían tomar cartas en el asunto».
Para el especialista en derecho electoral Roy Mendoza, el problema central es el vacío técnico que deja a los organismos de control sin herramientas: «al no contemplar expresamente que los candidatos a regidores no tienen obligación, representa un vacío legal (únicamente en materia de financiamiento), el cual impide que la ONPE realice su labor de fiscalización y eventual sanción», sostuvo. Sobre el JNE, Mendoza fue directo: «Mal hace el JNE en postergar la definición de un asunto tan importante, siendo que cuenta con las herramientas legales para ello. En este rubro no existe vacío pues corresponde realizar una interpretación conforme el marco constitucional actual».
Lo que falta aclarar
- ¿Cuánto ha gastado realmente la campaña de López Aliaga si no está obligado a presentar informes de ingresos y egresos ante la ONPE?
- ¿Por qué el JNE posterga la definición de un asunto para el cual, según el experto Roy Mendoza, cuenta con las herramientas legales y no existe vacío?
- ¿Quién financia los paneles publicitarios y la estrategia de campaña que se despliega por toda Lima, con costos que según el experto pueden llegar a 100.000 soles mensuales?
- ¿Cuántos candidatos a nivel nacional se benefician de la Ley N° 32058 para desplegar campañas sin fiscalización financiera individual?
