Bajo la lupa fiscal: López Aliaga investigado por presunta coacción contra el JNE y ONPE
La Fiscalía investiga a Rafael López Aliaga por presuntas expresiones contra autoridades electorales. Las diligencias durarán 60 días y comprenden los delitos de coacción y perturbación del proceso electoral.

Fuente de imagen: Foto: Cancillería Argentina (wikimedia-cc by 2.0)
El Ministerio Público abre diligencias por 60 días tras ataques verbales y movilizaciones que habrían perturbado el proceso electoral de 2026.
La justicia peruana ha decidido que las palabras y las movilizaciones políticas no pueden ser un cheque en blanco cuando colisionan con la institucionalidad. El Ministerio Público ha formalizado el inicio de una investigación preliminar contra el líder de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, por la presunta comisión de delitos de coacción y perturbación del proceso electoral. No se trata de una simple observación administrativa: la Fiscalía busca determinar si el excandidato presidencial utilizó su plataforma para intimidar a las máximas autoridades electorales y socavar la legitimidad de los comicios presidenciales de 2026.
El rastro de la presunta intimidación
La denuncia, interpuesta por Rubén Serpa Valdez, pone el foco en momentos específicos de la pasada contienda. Según el documento fiscal, el 1 de abril, tras un debate presidencial, López Aliaga habría proferido expresiones intimidatorias contra Piero Corvetto, entonces jefe de la ONPE. La narrativa de la sospecha se extendió hasta la jornada del 12 de abril, cuando el investigado cuestionó públicamente los resultados, derivando en una movilización frente a la sede del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) donde se habrían lanzado ataques directos contra los magistrados electorales.
Sesenta días para responder ante la ley
El despacho fiscal ha dispuesto un plazo de 60 días para realizar diligencias que incluyen la recopilación de todo el material audiovisual de las entrevistas y declaraciones públicas del investigado. Además, se ha citado al actual presidente del JNE, Roberto Burneo, para que brinde su testimonio sobre el impacto de estas acciones. El Ministerio Público deberá establecer si estas conductas encajan en el artículo 151 del Código Penal, referido a la coacción, o si constituyeron un impedimento real para el ejercicio de la voluntad popular, delitos que exigen una rendición de cuentas inmediata ante el país.
Lo que falta aclarar
- ¿Presentará el investigado pruebas fehacientes que sustenten sus cuestionamientos a la legitimidad del proceso o se confirmará que se trató de una estrategia de presión política sin sustento técnico?
- ¿Cuál fue el nivel de interferencia real que sufrieron los organismos electorales (ONPE y JNE) tras las movilizaciones convocadas por el líder de Renovación Popular?
- ¿Existen otros actores políticos que, bajo el amparo de la libertad de expresión, habrían colaborado en la presunta perturbación del orden electoral durante el 2026?
