Poder Judicial prohíbe definitivamente paseos a caballo en el Centro Histórico de Lima
El Poder Judicial (PJ) ha ordenado la prohibición definitiva de los paseos turísticos a caballo en el Centro Histórico de Lima, al considerar que esta práctica vulnera el deber constitucional de protección y bienestar animal. La medida fue dispuesta por la Corte Superior de Justicia de Lima, que exigió a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) cancelar cualquier autorización relacionada con el uso de calesas y carruajes tirados por caballos en la Plaza Mayor y sus alrededores.
La decisión fue emitida por la jueza Sara Meza Soria, del Primer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, quien declaró fundada una demanda de amparo presentada contra la comuna capitalina. El fallo prioriza la protección y bienestar animal, señalando que el uso de caballos para estos paseos resulta incompatible con el deber constitucional de protección animal, al afectar la integridad física de estos, considerados “seres sintientes”. Además, la sentencia indica que esta práctica vulnera el derecho a un ambiente equilibrado y adecuado, reconocido en el artículo 2, inciso 22 de la Constitución.
La magistrada sostuvo que el tránsito constante de caballos sobre pavimento de concreto, especialmente en épocas de intenso calor, puede generar daños en las articulaciones y extremidades, sobre todo cuando los recorridos son prolongados o implican cargas pesadas.
Por mandato judicial, la Municipalidad de Lima deberá cancelar de inmediato cualquier licencia, permiso o autorización otorgada a la empresa encargada de operar los paseos turísticos a caballo en la Plaza Mayor. La resolución establece que no podrán mantenerse ni renovarse autorizaciones para esta actividad, sentando un precedente relevante en la aplicación de la Ley de Protección Animal y la regulación del turismo en espacios patrimoniales.
La demanda de amparo fue interpuesta en mayo de 2022 por Sonia Córdova Araujo, presidenta del Instituto Peruano de Asesoría Legal del Medio Ambiente y Biodiversidad (Ipalema). El recurso legal cuestionó la continuidad de los paseos a caballo por considerar que implicaban maltrato animal y un incumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de protección ambiental.
Durante el proceso judicial, la MML, actualmente encabezada por el alcalde Renzo Reggiardo, sostuvo que contaba con un marco normativo específico de protección animal y que, según inspecciones sanitarias, los caballos se encontraban “en buen estado de salud”. La comuna argumentó que no existía maltrato animal ni vulneración del principio de bienestar animal.
Sin embargo, la jueza Meza Soria advirtió que el Departamento de Vigilancia Sanitaria de la Subgerencia de Salud Pública de la MML solo realizó dos inspecciones durante todo el periodo de funcionamiento de los paseos turísticos: una en noviembre de 2019 y otra en marzo de 2022. Para el juzgado, esta supervisión resultó insuficiente para garantizar el bienestar de los animales, reforzando la decisión de declarar fundada la demanda de amparo en primera instancia.
La sentencia aún podría ser apelada por la Municipalidad de Lima, lo que abriría la posibilidad de que el caso llegue al Tribunal Constitucional (TC). No obstante, mientras ello ocurra, la orden judicial dispone el cese inmediato de los paseos a caballo en el Centro Histórico. Este fallo marca un precedente judicial en defensa animal y redefine el uso de animales en actividades turísticas dentro de espacios patrimoniales de la capital.
