EL ESTADO DESCUIDA LA SALUD MENTAL, los Feminicidios Pasionales o No, son Producto de Graves Desequilibrios Psicológicos
El reciente crimen cometido en la comunidad de Antijirca en el Distrito de Churubamba, Región Huánuco, en agravio de Teresa Huaranga Hermitaño a manos de su conviviente, el prófugo Macario Salcedo Cornelio, dejando en la orfandad a 10 hijos de diferentes edades, ha conmocionado toda la región Huánuco y al país entero.
Lo que dicen las estadísticas del INEI
El caso es indudablemente espeluznante y es a la vez la sumatoria a otros crímenes cometidos contra la mujer. Un reporte desactualizado del Instituto Nacional de Estadística da a conocer que, en 2023 encabezaba la lista Lima con 283 casos, seguido por Arequipa con 83 casos; Cusco con 77 casos; Junín con 69 casos y Huánuco con 61 casos. Aterradoras cifras que mueven los cimientos de nuestra conmocionada sociedad.

Cuadro estadístico que nos muestra que entre 2015 y 2023 tuvo un rango acumulado de 61 casos de feminicidio.
Entonces, también esto nos demuestra indudablemente, que todo está mal en nuestra patria. No sirven los equipos multidisciplinarios, hay lentitud en su actuación y en muchos casos, negativa en la atención a las víctimas, o una atención direccionada en favor del agresor por parte de los integrantes del Equipo Multidisciplinario; el tema percude a las fiscalías provinciales y el Poder Judicial, salvo honrosas excepciones. Lo demostraremos más adelante.
Pero entonces, ¿Por qué todo está mal? Eso analizaremos y a la luz de los hechos, nuestros lectores sacarán sus propias conclusiones.
La urgente atención a la salud mental está descuidada
Veamos; Cuando se presentan casos de violencia de género que mayormente afectan a las mujeres; el Poder Judicial ordena el tratamiento psicológico del agresor y de la agraviada, tratamiento que se da en casos contados con los dedos, porque no hay un sistema de control que haga cumplir lo ordenado judicialmente.

El Poder Judicial como ente del equipo multidisciplinario muchas veces ha equivocado el derrotero en casos de violencia de género.
Sin embargo, esto es un paliativo que no funciona en la práctica o funciona a medias. El tema pasa porque previamente debe existir una denuncia de la parte agraviada, mientras tanto, el aparato estatal no empieza no empieza a caminar.
El tratamiento de la salud mental es importante e insoslayable. Se tienen que articular acciones de cuidado a la salud mental, desde los niveles iniciales de educación, que obviamente no terminará cuando el ente termine su educación superior.
Las personas que sufren alteraciones mentales y conductas agresivas, lo demuestran desde su infancia, que necesita un control urgente adecuado y articulado, lo que permitirá hacer el seguimiento del afectado. Las autoridades educativas, es decir, los profesores y personal administrativo de las instituciones educativas, podrán descubrir que en familia del niño, existen graves desajustes familiares, con mal tratos psicológicos o físicos y de esta manera, encaminar de inmediato las acciones necesarias para evitar mayores daños a los integrantes de la familia.
Esperar que los hechos se produzcan para que recién intervenga el equipo multi disciplinario, son reacciones tardías y dañinas. La labor de tratamiento psicológico y por lo tanto, de atención a la salud mental, es un imperativo permanente, que el Estado viene soslayando, porque considera que, con la expedición de leyes y decretos de urgencia, se ha encontrado la panacea que remedie y termine con este este terrible flagelo social.
Normas contra la violencia de género a granel
Estamos convencidos de que existen aproximadamente 20 normas legales, número más, número menos, para la prevención y erradicación de la violencia de género; la última ley tiene la nomenclatura rimbombante: “Ley para prevenir y sancionar la violencia contra la mujer y su entorno social”, que también ya ha sufrido modificaciones. Pero, nos preguntamos y solicitamos una respuesta clara y convincente del ministro de Justicia, del Ministerio Público y del Poder Judicial ¿Ha servido esa frondosa legislación para prevenir la violencia contra la mujer?
Seguramente nos contestarán que todas las leyes son preventivas ¿A sí? Y a quienes previenen, a los fiscales provinciales, adjuntos, asistentes en función fiscal, auxiliares; abogados, especialistas legales, jueces mixtos y de familia. No señores, a ellos no les previene nada, porque son operadores de las leyes.
La prevención tiene que ser a la ciudadanía común y corriente, para que conozca el objetivo de las normas legales. En este contexto ¿El Estado está entregando diariamente y en forma gratuita, un ejemplar del diario El Peruano, encargado de la publicación de las normas legales a los 30 millones de peruanos? Claro que no. El Peruano, lo reciben solamente los fiscales, los jueces y las Cortes Superiores; lo cual, de pronto tampoco es cierto.
La doctrina del Derecho Penal nos enseña que, para que un hecho sea considerado delito, tiene que existir dolo, antijuricidad y culpabilidad (no acto culposo). De tal manera el dolo representa el conocimiento del acto que ejecuto, sus implicancias jurídicas porque conozco las leyes.
En este orden de ideas, si el agente no conoce que el acto que comete es un delito; no conoce que ley lo reprime, ni la forma de represión, estamos hablando de una causal de justificación y por ende, no debe ser sancionado penalmente.
Entonces que se debe hacer
- En primer lugar educar al pueblo, que no existan niños vendiendo caramelos, cantando en los buses, mendigando y limpiando parabrisas. La buena educación temprana, desde los hogares y en todos los niveles educativos los libertará de la ignorancia y sus consecuencias colaterales.
- El cuidado articulado a la salud mental desde el nivel inicial de educación y más allá después de la graduación superior. En cada centro educativo debe existir mínimamente, dos psicólogos encargados del seguimiento de niños que acusen comportamiento agresivo. De hecho, hay esta obligación del Estado, articuladamente con todos los sectores públicos y privados. Tenemos que acabar con las leyes de letra muerta.
- Promover conferencia de orientación socio familiar a los padres de familia, estudiantes, y todo el entorno familiar, para educarlos y enseñarles las prohibiciones de las leyes sobre violencia de género y violencia familiar.
Casos de fallas en el cumplimiento de funciones del equipo multidisciplinario
Es realmente preocupante cómo se pueden producir fallas o arreglos en el equipo multidisciplinario, conformado para el control de la violencia de género, violencia sexual y violencia familiar. Dijimos al iniciar este artículo que conocemos de cerca casos sobre violencia familiar y feminicidio, que no recibieron el tratamiento adecuado por los entes responsables, con resultados lamentables.

El Ministerio Público también en oportunidades ha equivocado sus acusaciones, cambiando peligrosamente el tipo penal de violencia de género por otros tipos penales.
Por respeto a la intimidad personal, no vamos a dar nombre de las agraviadas, pero si de los delincuentes y el número de Carpeta Fiscal y Expediente Judicial. En primer lugar tenemos el caso de feminicidio, cuya Carpeta Fiscal es el Nª 1871-2024-0, cuyo principal sospechoso del feminicidio identificado como Javier Lazo Cabrera, se encuentra paseando orondo, porque la fiscalía no cumple con sus funciones a cabalidad. El fiscal provincial penal de marras es Fredy Altamirano Rivera.
Sucede que la agraviada, quien sostenía un romance con el sospechoso, salió de su casa justamente con destino a la casa de Javier Lazo Cabrera y luego jamás volvió a su domicilio. Los familiares se dirigieron a la Comisaría del Distrito correspondiente a denunciar la desaparición de la víctima, pero la policía solo atinó a registrar la denuncia, pero no hizo nada en su búsqueda, que podría haber evitado el feminicidio.
Los familiares, por propia cuenta y sin el apoyo de la policía hicieron indagaciones y se enteraron que en la morgue central se encontraba el cadáver de una mujer, identificada como NN, y cuando exigieron que le dieran por lo menos una fotografía del rostro de la persona, ya que no les dejaron ingresar a la morgue, comprobaron que se trataba de la persona desaparecida.
Entonces pidieron ayuda a la policía para poder retirar los restos de su familiar, pero de manera increíble se negaron prestarle ningún apoyo, por lo que ellos solos tuvieron que convencer a los responsables de la morgue para que le entregaran el cadáver de la víctima.
Luego se descubriría que los que levantaron los restos de la víctima, del domicilio del sospechoso, fueron policías de otra comisaría, y le pusieron como identificación NN, desconocida, no obstante que al rendir su declaración Javier Lazo Cabrera, había dado el nombre completo de la víctima. ¿Por qué procedieron de esta manera, dificultando el hallazgo del cuerpo de la víctima?, es una buena pregunta que posiblemente el poder judicial logre desentrañar.
Los familiares de la víctima presentaron denuncia de parte ante el fiscal encargado de la investigación, por los delitos de secuestro, violación sexual y feminicidio, pero el fiscal provincial no dispone la ampliación de la denuncia y las investigaciones pertinentes, pese a que presentaron en el expediente abundantes pruebas instrumentales que comprometen al asesino Javier Lazo Cabrera.
Existe en trámite una queja ante el Órgano de Control de la Fiscalía por el incumplimiento de funciones del fiscal provincial de marras, pero la queja está en lerdo trámite. En realidad los Órganos de Control de la Fiscalía como del Poder Judicial, son organismos de fachada solamente, porque nunca declaran fundada una queja, ni se sanciona a los transgresores de las normas y de sus funciones.
El otro caso que sacaría de quicio al ciudadano más centrado
En este caso, la agraviada luego de recuperarse de su salud, pues estuvo a punto de perder la vida, recurrió a la Comisaría PNP de su localidad, formulando denuncia por maltrato psicológico y físico en su agravio, que llegó al grado de provocarle el aborto del bebé que se encontraba gestando al momento de los hechos. La denuncia presentó contra su ex conviviente el Sub Oficial PNP Pátrik Tanchiva Jesús, quien presta servicios en la Comisaria que por jurisdiccionalidad tenía que conocer el hecho.
La policía que recibió y asentó la denuncia, manejó los hechos a su regalado antojo y no puso por el delito de violencia física contra la mujer, sino simplemente puso por “aborto preterintencional”, son alevosía, conocimiento y arbitrariedad.
Luego fue llevada ante un médico legista del equipo multidisciplinario, quien igualmente, expidió el certificado de “aborto preterintencional”, no le auscultó ni preguntó nada.
El caso pasó a manos de un fiscal provincial del Distrito de Yarinacocha, quien investigó el caso, como “aborto preterintencional”. Hubo un concierto de voluntades del equipo multidisciplinario para favorecer y encubrir el delito de maltrato físico y psicológico cometido por el policía denunciado.
El fiscal provincial formuló acusación por el delito de “aborto preterintencional”, pese a los reclamos de la defensa de la víctima. En el desarrollo del juicio oral, todos inclusive el fiscal de la acusación, que no supo sustentar su requerimiento acusatorio, hicieron un carga montón contra la agraviada y finalmente, poniendo en práctica un concierto de voluntades contra la agraviada y en favor del delincuente, Sub Oficial PNP Patrik Tanchiva Jesús, finalmente el juez del Primer Juzgado Unipersonal, absolvió al acusado, porque de acuerdo con el informe del médico legista, no existió ni siquiera “aborto preterintencional” y ordenó el archivamiento del caso.
La Sentencia fue apelada y la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, anuló la sentencia y ordenó que otro juez lleve adelante un nuevo juicio oral, proceso que está en giro con Expediente Nº 4195-2021-0, durmiendo el sueño de los injustos.
Los dos casos que acabamos de detallar en este informe, demuestran cómo el equipo multidisciplinario puede perjudicar intencionalmente, a una persona que estuvo a punto de perder la vida, y la pérdida de vida de un infante producto del aborto. ¿A esto podemos llamar justicia en favor de la mujer y personas vulnerables? Por favor. Sabemos que nuestro medio informativo, de alguna manera llegará a manos del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia, porque tienen ojos y oídos en todo lugar.
Llámenos por favor, pídannos informaciones con mayor detalle y gustosamente se lo daremos; o, en su defecto, díganos que estamos equivocados o que estamos mintiendo. Es un respetuoso reto.
¿Disponer penas más drásticas será la solución?
Seguramente ya se escucharán voces que reclamen la pena de muerte, la cadena perpetua, algo así como que, para terminar el delito, hay que exterminar a las personas proclives a la delincuencia. “Muerto el perro, muerta la rabia” reza una máxima popular. Esto es absolutamente inviable. la pena de muerte o la cadena perpetua, es propia de la superada Ley del Talión: “Ojo por ojo, diente por diente”, porque si esto fuera posible, en este momento, más del 50% de congresistas impresentables y otro porcentaje de miembros del Ejecutivo, deberían pasar por la guillotina y eso no se va dar; por el contrario, se han emitido leyes de protección a toda laya de delincuentes, especialmente a los de cuello blanco.
La mayor cantidad de años de prisión no son una solución para ningún problema delincuencial. En vez de gastar ingentes sumas de dinero en personal carcelario, en alimentación de los reclusos y otras necesidades, estos recursos deben destinarse a la educación de calidad; al cuidado de la salud mental; a promover charlas y conferencias sobre violencia de género, violencia familiar y feminicidio. Nuestros conciudadanos necesitan educación, no más cárceles, ni nuevas leyes más punitivas. No hay medias tintas que valgan.