Desalojo en La Pedroza: Decisión judicial se fragmenta ante contramedida cautelar
Un juez ordena la restitución de 50 hectáreas a la Comunidad Campesina Yuraghuanca, pero otra instancia judicial suspende la ejecución, revelando un complejo entramado legal y social en Huánuco.
Una reciente resolución del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Pillco Marca, con fecha 11 de noviembre de 2025, ha dispuesto la segmentación en diez áreas del predio rústico “Jatun Rumi Pedroza” para ejecutar la restitución de 50.1409 hectáreas a favor de la Comunidad Campesina de Yuraghuanca. Sin embargo, esta medida de desalojo, que implica a decenas de familias, se encuentra ahora en un limbo judicial tras la admisión de una medida cautelar en el Primer Juzgado Civil, lo que plantea serias interrogantes sobre la coherencia y efectividad del sistema de justicia en Huánuco.
La Fragmentación de una Orden de Restitución
Según la Resolución N° 9, emitida por el juez Iván Aguirre Antonio, la división del área invadida de 50.1409 hectáreas, de un total de 72.5600 hectáreas del predio inscrito con ficha N° 20885, busca facilitar la ejecución de la restitución. Esta estrategia surge tras un informe policial (N° 127-2025) que advirtió sobre el alto riesgo social y la falta de logística y personal suficiente de la Región Policial Huánuco para una diligencia de tal magnitud, a pesar de contar con 300 agentes capacitados en control de multitudes. La decisión responde a una propuesta técnica presentada por la propia Comunidad Campesina de Yuraghuanca, reconocida como la parte agraviada.
Los Afectados y su Historial de Posesión
La orden de restitución del 19 de agosto de 2025 (Resolución N° 3) recaía sobre un grupo de sentenciados, incluyendo a Víctor Isminio Labajos, Sahul Pérez Bonilla, y otros. No obstante, Isaías David e Isaac Rubén Huamán Soto, junto a Ronald Silva Cárdenas, interpusieron una medida cautelar ante el Primer Juzgado Civil. Ellos, en representación de las familias Huamán Soto, Silva Cárdenas y Moreno, alegan haber sido socios y extrabajadores de la Cooperativa Comunal Yuraghuanca. Sostienen que en 1986, al cesar las operaciones de la cooperativa, recibieron 74 hectáreas, incluyendo terrenos y viviendas de Jatun Rumi Pedroza, como pago de sus beneficios sociales, ejerciendo posesión desde entonces.
Un Recorrido Judicial Lleno de Idas y Vueltas
La disputa por el predio Jatun Rumi Pedroza no es nueva. El texto fuente detalla que, tras denuncias de la comunidad en 2015, la Quinta Fiscalía Penal Corporativa de Huánuco resolvió en 2016 no formalizar ni continuar la investigación contra Isaías Huamán Soto. Posteriormente, una nueva denuncia por presunta usurpación agravada (Caso 140-2017) también fue archivada por la fiscalía y confirmada por la fiscalía superior. Los demandantes de la cautelar, a su vez, denunciaron ser víctimas de usurpación en 2018, descubriendo entonces una nueva carpeta fiscal (631-2018) en su contra. Finalmente, el 23 de mayo de 2025, el juez Iván Aguirre Antonio declaró fundado el sobreseimiento o archivamiento, levantando las medidas coercitivas contra los hermanos Huamán Soto, Ronald Silva Cárdenas y Andrés Quispe Tafur. Es a raíz de esta última resolución que se presentó la medida cautelar que hoy suspende el desalojo.
Dos Juzgados, Dos Caminos para el Mismo Predio
La complejidad del caso se agrava con la decisión del juez Jean Agurto Moreno, del Primer Juzgado Civil, quien, según fuentes judiciales, declaró fundada la medida cautelar. Esta resolución dispone la no ejecución de la medida de desalojo contra los demandados, generando una clara contradicción con la orden de restitución emitida por el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria. Mientras un juzgado busca desocupar el terreno, otro lo protege de esa misma acción, dejando en vilo la aplicación de la justicia y la situación de las partes involucradas.
Lo que falta aclarar
- ¿Cómo se procederá para resolver la evidente colisión entre la orden de restitución del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria y la medida cautelar otorgada por el Primer Juzgado Civil?
- ¿Qué implicancias tiene para la credibilidad del sistema judicial que dos instancias emitan decisiones contrapuestas sobre un mismo bien y las mismas partes?
- ¿Cuál es la responsabilidad del Estado en garantizar tanto la seguridad de los ciudadanos como la ejecución de las órdenes judiciales, ante la alegada falta de logística de la policía para estas diligencias?
- ¿Se investigará a fondo el historial de denuncias y archivamientos para esclarecer de una vez por todas la legítima posesión o propiedad de las 50 hectáreas en disputa, considerando el prolongado conflicto?
