Sentencia por coima con Yape: Policía condenado a 5 años evita la cárcel en Moquegua

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El suboficial Ítalo Gutiérrez Ramos recibió una pena de cinco años por cohecho pasivo, pero la conversión a servicio comunitario genera serias interrogantes sobre la lucha anticorrupción.

En un caso que pone en tela de juicio la efectividad de las penas por corrupción, el suboficial Ítalo Gutiérrez Ramos fue condenado a cinco años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio en Moquegua. Sin embargo, la decisión judicial de convertir esta pena privativa de la libertad en jornadas de servicio comunitario levanta un manto de dudas sobre el verdadero impacto de la sentencia y el mensaje que envía a la ciudadanía.

El modus operandi de la coima digital

Según la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, los hechos se remontan a octubre de 2022. Durante un operativo de control de identidad en las inmediaciones del Estadio 25 de noviembre, el suboficial Gutiérrez Ramos intervino a un ciudadano que no portaba su DNI. Fue en ese momento cuando, presuntamente, el agente policial solicitó S/50 a cambio de no conducirlo a la comisaría. Lo más llamativo fue el método de pago: el monto fue transferido mediante el aplicativo Yape, utilizando la cuenta a nombre de su propia madre, según detalló la fiscal adjunta provincial Kristel Cruz Idme.

La sentencia: Cinco años en papel, servicio en la práctica

El Segundo Juzgado Unipersonal de Mariscal Nieto halló culpable a Gutiérrez Ramos, dictando una pena de cinco años de cárcel, inhabilitación de sus funciones y el pago de una reparación civil. No obstante, la controversia surge con la conversión de esta condena: los cinco años de prisión fueron transformados en 271 jornadas de prestación de servicios a la comunidad. Esto significa que el agente policial no cumplirá prisión efectiva, una situación posible tras acogerse a la conclusión anticipada del juicio oral, aceptando los cargos imputados por el Ministerio Público.

Precedente y advertencias judiciales

A pesar de la conversión de la pena, la fiscal a cargo del caso, Kristel Cruz Idme, precisó que la sentencia obliga al sentenciado a constituirse al INPE para cumplir con lo impuesto. Existe un apercibimiento claro: la revocación de la conversión de la pena si no cumple con las jornadas de servicio. Esta condición busca asegurar el cumplimiento de la sanción alternativa, aunque la ausencia de prisión efectiva ya ha generado debate.

Lo que falta aclarar

  • ¿Es la conversión de una pena de cinco años por cohecho pasivo a servicio comunitario una medida suficientemente disuasoria para la corrupción policial?
  • ¿Qué mensaje envía esta sentencia a otros efectivos policiales que puedan verse tentados a cometer delitos similares?
  • ¿Cómo se garantizará que las 271 jornadas de servicio a la comunidad sean cumplidas efectivamente y no queden en letra muerta?
  • Considerando la gravedad del delito (corrupción en el ejercicio de la función), ¿la pena de servicio comunitario refleja la expectativa de la ciudadanía por una justicia implacable contra este tipo de actos?

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