Emergencia por lluvias: ¿Respuesta tardía o plan sin futuro para 41 distritos?

El Gobierno declara estado de emergencia en 41 distritos de 11 departamentos ante el embate de las lluvias. La medida, nuevamente reactiva, levanta interrogantes sobre la gestión de riesgos y la eficacia de las acciones futuras.
El Ejecutivo ha vuelto a recurrir a la declaración de estado de emergencia para enfrentar los estragos de las lluvias intensas. Mediante el Decreto Supremo 047-2026-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se han incluido 41 distritos de 11 departamentos, otorgándoles 60 días calendario para ejecutar “medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación”. Sin embargo, esta constante reactividad del Estado peruano frente a desastres previsibles invita a cuestionar la verdadera estrategia detrás de estas declaratorias.
Un ciclo que se repite: la emergencia como constante
Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco son las regiones donde se ubican los distritos ahora bajo emergencia. La medida, que involucra a gobiernos regionales, municipios y una larga lista de ministerios —Salud, Desarrollo Agrario y Riego, Educación, Vivienda, Transportes, Interior, Defensa, Energía y Minas, Mujer, y Desarrollo e Inclusión Social—, busca una coordinación técnica con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci). No obstante, la repetición anual de este patrón de declaratorias post-desastre pone en tela de juicio la efectividad real de la gestión de riesgos y la prevención.
La burocracia en medio del desastre: ¿coordinación real?
El decreto subraya que las acciones deberán tener un “nexo directo de causalidad” y podrán ser modificadas según estudios técnicos. Esta precisión, aunque necesaria, no disipa la preocupación sobre la agilidad y transparencia en la ejecución de recursos bajo el paraguas de la “excepción”. Con tantos actores involucrados, desde ministerios hasta Indeci y gobiernos subnacionales, la coordinación efectiva se convierte en un desafío burocrático que, históricamente, ha ralentizado la ayuda a los afectados y mermado la capacidad de respuesta oportuna.
¿Qué hay de la prevención? El mapa de la vulnerabilidad
La lista de bienes cuya donación se facilita por esta ley 30498 es extensa, abarcando desde material médico y alimentos hasta maquinaria y carpas. Es una medida paliativa, vital para la subsistencia inmediata. Sin embargo, la recurrencia de distritos afectados en las mismas regiones cada temporada de lluvias evidencia una falla estructural en la planificación a largo plazo. La pregunta que surge es si se están invirtiendo los esfuerzos necesarios en obras de infraestructura preventiva y en el fortalecimiento de capacidades locales para que la emergencia no sea la única respuesta posible.
Lo que falta aclarar
- ¿Qué balance se hace de las declaratorias de emergencia por lluvias de años anteriores? ¿Se han evaluado los resultados y la efectividad de las medidas ejecutadas en el marco de la “excepción”?
- Más allá de los 60 días, ¿existe un plan de recuperación y reconstrucción a mediano y largo plazo para estos 41 distritos, o el Estado simplemente espera la próxima temporada de lluvias para volver a declarar una nueva emergencia?
- ¿Qué criterios se utilizaron para seleccionar específicamente estos 41 distritos, y cómo se garantiza que otras zonas igualmente vulnerables pero no incluidas en el decreto reciban la asistencia necesaria?
- Con la participación de once ministerios y múltiples niveles de gobierno, ¿cómo se asegurará una verdadera coordinación y rendición de cuentas para evitar duplicidad de esfuerzos o, peor aún, inacción en la atención a los damnificados?
