La Tercera Sala Penal de Apelaciones ratificó 36 meses de prisión preventiva para miembros de Los Injertos del Cono Norte
La Tercera Sala Penal de Apelaciones ratificó la medida para seis presuntos miembros de la organización criminal, mientras otros obtuvieron comparecencia o detención domiciliaria. Un proceso que sigue generando interrogantes.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional ha ratificado la medida de 36 meses de prisión preventiva para seis presuntos miembros de la organización criminal «Los Injertos del Cono Norte», vinculada a extorsiones y cobro de cupos en diversos distritos de Lima. Esta decisión, que declara infundados los recursos de las defensas, consolida la etapa de investigación, aunque las particularidades del caso abren el debate sobre la efectividad y los tiempos de la justicia.
Ratificación para la presunta cúpula
La resolución de la Sala Penal de Apelaciones confirma la medida impuesta originalmente por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, según lo indicado en diciembre de 2025. Los seis individuos que permanecerán bajo esta modalidad son Lucero Esmelid Castillo Tumes, Luis Antonio Gamarra Miñano, Príncipe Romero Collazos, Arlet Rubí Silvestre Echevarría, Yesenia Brillith Coba Cabanillas y Raúl Martín Flores Quispe. El Ministerio Público sostiene que estos habrían integrado una estructura delictiva con roles definidos y capacidad operativa para ejercer violencia y amenazas.
Decisiones diferenciadas: ¿Criterios claros?
No todos los implicados en el caso recibieron la misma medida. La Sala adoptó disposiciones distintas para dos personas. A Danitza Huaya Capuena se le revocó la prisión preventiva, imponiéndole comparecencia con restricciones por el mismo plazo, mientras que Pedro Chujutalli Salazar vio su prisión preventiva sustituida por detención domiciliaria. Estas variaciones procesales, en el marco de una presunta organización criminal, exigen una comprensión transparente de los fundamentos que las sustentan.
El panorama de la criminalidad organizada
El caso de «Los Injertos del Cono Norte» se enmarca, según la Fiscalía, en un patrón de organizaciones que operan bajo esquemas de intimidación y control territorial en áreas densamente pobladas de la capital. La confirmación de la prisión preventiva, si bien no es una sentencia, busca asegurar la presencia de los investigados durante la compleja etapa de recolección de pruebas y diligencias. La presión ciudadana por resultados concretos frente a la criminalidad organizada es un factor constante en este tipo de procesos.
Lo que falta aclarar
- ¿Cuáles fueron los criterios específicos y las pruebas presentadas que justificaron las medidas diferenciadas para Danitza Huaya Capuena y Pedro Chujutalli Salazar, en contraste con los otros seis investigados?
- La ratificación de la medida, según el texto fuente, fue dictada en diciembre de 2025. ¿Se trata de un error de transcripción o indica una proyección temporal que genera dudas sobre la agilidad procesal actual?
- Más allá de la prisión preventiva, ¿qué estrategias concretas está desplegando el Ministerio Público para desarticular la estructura completa de «Los Injertos del Cono Norte» y no solo contener a sus presuntos miembros?
- ¿Qué acciones de seguimiento y fiscalización se implementarán para asegurar que la comparecencia con restricciones y la detención domiciliaria se cumplan estrictamente, evitando cualquier riesgo de fuga o interferencia en la investigación?
