Control biométrico sin consentimiento: Congreso ignora a la ANPD y abre riesgos

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Un predictamen clave en la Comisión de Justicia permitiría a la PNP acceder a datos dactilares y faciales sin autorización del titular. La Autoridad Nacional de Datos Personales fue aludida en un proceso que genera serias dudas sobre su transparencia y la protección de la privacidad ciudadana.

La Comisión de Justicia del Congreso se encuentra en el ojo de la tormenta tras la revelación de un predictamen que busca otorgar a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de realizar control de identidad mediante verificación biométrica dactilar y facial sin el consentimiento expreso de los ciudadanos. La controversia se agrava al conocerse que el punto más delicado de esta propuesta no fue sometido a la opinión de la Autoridad Nacional de Datos Personales (ANPD), entidad especializada en la materia, levantando fuertes cuestionamientos sobre la legitimidad y transparencia del proceso legislativo.

Modificación de alto impacto a la ley de datos

El predictamen en cuestión, que agrupa los proyectos de ley 05275/2022-CR, 08883/2024-CR y 093114/2024-CR, propone una modificación crucial al artículo 13 de la Ley 29733, la Ley de Protección de Datos Personales. Específicamente, establece que “el tratamiento de datos biométricos de identificación dactilar o facial puede realizarse sin el consentimiento previo del titular, cuando sea efectuado por la Policía Nacional del Perú en el procedimiento de control de identidad policial, conforme con lo dispuesto en el artículo 205 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957”. Esta medida, presentada bajo el paraguas de la lucha contra la criminalidad, representa un cambio significativo en la protección de la información personal de los peruanos.

La ANPD: ¿Consultada o burlada?

Lo más alarmante de este proceso es la presunta omisión deliberada de la ANPD en la discusión de este punto vital. Según la información disponible, si bien se solicitó una opinión a la autoridad de protección de datos sobre uno de los proyectos (el N° 9314), la disposición que permite a la PNP el tratamiento de datos biométricos sin consentimiento fue añadida al predictamen *después* de que el Informe Jurídico Nº 027-2025-JUS/DGTAIPD de la ANPD fuera emitido y dirigido al viceministro de Justicia Charles Napurí. Esto significa que la ANPD no tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre la cláusula más invasiva de la propuesta, y no se ha solicitado una nueva opinión que la incluya. Erick Iriarte, abogado especialista en derecho digital, ha calificado esta situación como un “problema operativo”, señalando que “siendo un tema sensible donde tienes una autoridad especializada, no se entiende cómo se incorpora un artículo que no ha pasado por ella”.

Doble estándar y amenaza a la privacidad

La propuesta no solo evade el escrutinio de la autoridad competente, sino que también establece un potencial doble estándar que podría socavar la confianza en el manejo de datos personales. Iriarte subraya la contradicción: mientras a entidades privadas se les exige estrictas obligaciones de seguridad y pagos por la verificación de datos biométricos, la PNP podría operar sin consentimiento, e incluso, según el experto, “generar una base propia en base a las minucias”. Esto plantea una grave preocupación sobre si la excepción para la autoridad pública implica solo la utilización de datos para identificación o también para un almacenamiento permanente. “Ahí sí se tergiversa la finalidad, pero la ley debe ser igual para todos”, sentenció Iriarte, criticando que el Congreso pida opiniones a expertos para luego ignorar o modificar sustancialmente las propuestas sin su nuevo aval.

Lo que falta aclarar

  • ¿Por qué la disposición clave sobre el acceso de la PNP a datos biométricos sin consentimiento fue incluida en el predictamen después de recibir la opinión de la ANPD?
  • ¿Por qué no se solicitó una nueva opinión a la Autoridad Nacional de Datos Personales tras la incorporación de un punto tan sensible y trascendental para la privacidad ciudadana?
  • ¿La propuesta legislativa contempla solo la verificación temporal de datos biométricos o habilita a la PNP para el almacenamiento permanente de esta información sensible?
  • ¿Cómo se garantiza la igualdad y la coherencia jurídica si se exime a una entidad pública de requisitos y consentimientos que son obligatorios para el sector privado en el tratamiento de datos biométricos?
Lo que se intenta disponer es que los datos biométricos de identificación dactilar o facial puedan realizarse por parte de la policía sin el consentimiento del titular.

Lo que se intenta disponer es que los datos biométricos de identificación dactilar o facial puedan realizarse por parte de la policía sin el consentimiento del titular.

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