Policía y Fiscalía podrían acceder a dispositivos sin orden judicial
El Poder Ejecutivo ha desatado un intenso debate en el ámbito jurídico y de derechos humanos con una audaz propuesta de modificación al Código Procesal Penal. La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), busca otorgar al Ministerio Público y a la Policía Nacional la facultad de acceder y revisar el contenido de dispositivos electrónicos incautados en flagrancia delictiva por delitos graves, sin la imperativa necesidad de contar con una orden judicial previa. Una medida que, de concretarse, reconfiguraría drásticamente el equilibrio entre la lucha contra el crimen y la protección de las garantías individuales en el Perú.
Actualmente, el acceso al contenido de celulares, laptops, tablets y otros equipos digitales es una prerrogativa judicial, salvaguardada por el principio de inviolabilidad de las comunicaciones y el derecho a la privacidad, consagrados en el artículo 2, inciso 10 de la Constitución Política del Perú. Este procedimiento busca asegurar que la injerencia del Estado en la esfera personal de los ciudadanos esté debidamente justificada y supervisada por un ente imparcial, evitando así posibles arbitrariedades. La justificación del Ejecutivo para eludir este paso es la urgencia: según el gobierno, la exigencia de una orden judicial genera demoras significativas que impactan negativamente el éxito de investigaciones cruciales, especialmente en el contexto de la criminalidad organizada.
La propuesta argumenta que esta herramienta normativa permitirá agilizar significativamente las pesquisas en delitos de alta complejidad como extorsión, secuestro, sicariato, tráfico ilícito de drogas y crimen organizado, donde la información digital se considera determinante para identificar redes criminales, coordinar rescates o evitar la fuga de responsables. La medida aplicaría a dispositivos decomisados durante intervenciones policiales o dentro de establecimientos penitenciarios, siempre que exista una «sospecha fundada» de que fueron utilizados para coordinar o ejecutar hechos delictivos, facilitando el acceso a comunicaciones, registros, contactos o información vinculada a posibles víctimas, presuntos responsables o redes criminales.
Sin embargo, voces expertas y organismos defensores de los derechos humanos ya expresan su profunda preocupación. La eliminación de la orden judicial como requisito previo representa un quiebre fundamental en la tutela de la privacidad y el debido proceso. ¿Quién establecerá y fiscalizará con la debida objetividad la «sospecha fundada» sin la supervisión de un juez? La medida, si bien persigue un objetivo legítimo de combatir la delincuencia, abre la puerta a un potencial abuso de autoridad, otorgando a fiscales y policías una potestad que históricamente ha correspondido al Poder Judicial, garante de los derechos fundamentales y el equilibrio de poderes.
El contexto peruano, marcado por recurrentes cuestionamientos a la probidad de algunas instituciones y por la fragilidad del Estado de Derecho, amplifica estos temores. Permitir el acceso sin control judicial efectivo no solo podría derivar en la vulneración de derechos de ciudadanos inocentes, sino también en la obtención de pruebas que, al no seguir el cauce legal establecido y la debida cadena de custodia, podrían ser invalidadas en sede judicial, generando un efecto contraproducente para las propias investigaciones y abonando a la impunidad. El «equilibrio» entre la acción oportuna del sistema de justicia y la protección de los derechos fundamentales que invoca el Ejecutivo, para muchos analistas, se inclina peligrosamente hacia el lado de la discrecionalidad estatal, en detrimento de las garantías individuales.
La iniciativa, que aún debe completar su proceso legislativo para su implementación, plantea interrogantes cruciales sobre el modelo de justicia que el país aspira a construir. ¿Es la agilización a costa de la supervisión judicial el camino idóneo para enfrentar la creciente ola criminal? El debate que se avecina en el Congreso de la República será determinante para definir si el Perú refuerza su Estado de Derecho con medidas sólidas y respetuosas de la Constitución, o si, por el contrario, cede ante una lógica de «mano dura» que podría socavar pilares fundamentales de su sistema democrático y los derechos de sus ciudadanos. La protección de la ciudadanía frente al crimen no debería justificar la renuncia a sus libertades esenciales.
