Gobierno peruano impulsa norma que abre debate crítico sobre privacidad y derechos en la lucha contra el crimen organizado

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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) ha puesto en marcha una controvertida iniciativa normativa que, bajo el amparo de las facultades legislativas delegadas por el Congreso, busca modificar el Código Procesal Penal para permitir que la Policía Nacional y el Ministerio Público accedan y revisen de manera inmediata equipos informáticos en situaciones de flagrancia delictiva. La propuesta, presentada como una herramienta crucial para enfrentar la creciente ola de criminalidad organizada que azota al país, levanta serios cuestionamientos sobre el delicado equilibrio entre la seguridad ciudadana y la protección de los derechos fundamentales a la privacidad y el debido proceso.

En un contexto de alta presión social por la inseguridad, con la extorsión, el sicariato y el secuestro convirtiéndose en flagelos nacionales, el Ejecutivo ha optado por una vía excepcional para legislar en materia penal. La reforma propuesta por el MINJUSDH faculta expresamente la revisión, extracción de datos y análisis forense de dispositivos electrónicos —como celulares y computadoras— encontrados durante una intervención en flagrancia. Esta medida se aplicaría tanto en operativos policiales cotidianos como, de manera significativa, dentro de los establecimientos penitenciarios, reconocidos focos de planificación y ejecución de delitos a pesar de los esfuerzos por contener la comunicación ilegal.

El procedimiento delineado por la norma establece un “deslacrado inmediato” y la manipulación de los equipos sin necesidad de autorización judicial previa, lo que constituye el punto más álgido del debate. Según el MINJUSDH, esta celeridad es vital para evitar la pérdida de información crucial que los delincuentes podrían eliminar con solo presionar un botón. El proceso incluiría el registro del equipo, su deslacrado en presencia de autoridades competentes, la extracción de información digital mediante herramientas forenses, un análisis preliminar para identificar datos relevantes y la posterior custodia de la evidencia. La lógica detrás de ello es que la evidencia digital es hoy un componente central para desarticular organizaciones criminales, identificar rutas de comunicación y proteger a posibles víctimas.

Sin embargo, el apuro en el acceso a datos digitales, sin un control judicial ex ante, genera profunda preocupación en círculos legales y de derechos humanos. Mientras que la flagrancia en delitos físicos permite la detención y el aseguramiento de la escena, la intrusión en un dispositivo electrónico personal implica el acceso a la totalidad de la vida digital de un individuo, desde comunicaciones privadas hasta información sensible. La interrogante principal es hasta qué punto esta “autorización excepcional” respeta los límites constitucionales de la privacidad y el secreto de las comunicaciones. Asimismo, se cuestiona qué garantías técnicas y legales se aplicarán para impedir abusos, extralimitaciones o la recolección de información ajena a la investigación penal, especialmente en un sistema judicial con reconocidas falencias en cadena de custodia y control.

Un punto crítico es la aplicación de esta medida en los penales, donde la operación de mafias dedicadas a la extorsión y otros delitos es una realidad innegable que ha superado a las autoridades. La propuesta busca cerrar una brecha operativa que permite a los internos eliminar información vital antes de que se obtenga una orden judicial. No obstante, más allá de la urgencia operativa, esta situación expone la profunda crisis del sistema penitenciario peruano, donde la corrupción interna y la ineficacia de los bloqueadores de señal persisten. La pregunta es si la solución pasa por una mayor intrusión en los derechos, o por una reforma estructural y una limpieza profunda de las instituciones que permiten el ingreso de estos dispositivos en primer lugar.

El MINJUSDH ha insistido en que las intervenciones se realizarán bajo un marco regulado y con controles internos, asegurando que el acceso a los datos será únicamente en casos de flagrancia comprobada y que no se analizará información ajena a la investigación. Sin embargo, en un país con una larga historia de tensiones entre la seguridad y los derechos, la sola promesa de “controles” sin mecanismos de supervisión independientes y robustos, plantea interrogantes sobre la confianza en el sistema. La capacidad del Estado para garantizar que estas medidas excepcionales no deriven en arbitrariedades es un desafío que trasciende la simple modificación legal, requiriendo un escrutinio constante y una rendición de cuentas efectiva.

La reforma es parte de un paquete más amplio de medidas que el Ejecutivo implementará en los próximos meses, buscando modernizar las herramientas legales del Estado frente a la sofisticación del crimen organizado. Si bien la necesidad de combatir estos delitos es imperante, la vía elegida para fortalecer la capacidad investigativa debe ser cuidadosamente sopesada. La eficiencia en la lucha contra el crimen no puede ir en detrimento de los pilares democráticos que protegen a los ciudadanos de un poder estatal sin contrapesos. El debate sobre esta iniciativa no es meramente técnico, sino político y profundamente ético, en la búsqueda de una estrategia integral contra la criminalidad que sea efectiva y, a la vez, respetuosa de la Constitución y los derechos humanos.

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