Poder Judicial condena a Martín Vizcarra a 14 años de prisión efectiva por cohecho
El expresidente Martín Vizcarra Cornejo fue condenado este miércoles a 14 años de prisión efectiva por el delito de cohecho pasivo propio. La sentencia, dictada por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, determinó que el exmandatario solicitó y recibió sobornos vinculados a los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua durante su gestión como gobernador regional.
La decisión fue leída en una audiencia seguida de cerca por diversos medios de comunicación. La Fiscalía, representada por el fiscal Germán Juárez Atoche, había solicitado 15 años de cárcel para Vizcarra. Sin embargo, el tribunal concluyó que la sumatoria de los delitos acreditados asciende a 14 años: seis por el caso Lomas de Ilo y ocho por el Hospital de Moquegua. El exgobernador y su abogado estuvieron presentes en la sala, junto al coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.
El colegiado consideró acreditado que Martín Vizcarra solicitó el 2% del valor total del proyecto Lomas de Ilo, equivalente a una parte de los S/ 80 millones de inversión. Esta solicitud fue corroborada por testimonios clave, entre ellos el de Elard Tejeda, cuya versión fue calificada como “creíble, coherente y corroborada”.
Respecto al caso Hospital de Moquegua, el tribunal concluyó que existió un mecanismo de entrega de dinero en sobres manila, con pagos que fueron entregados directamente al entonces gobernador regional. Los testigos indicaron que el dinero provenía de contratos ficticios con proveedores para justificar salidas de caja con facturas por servicios inexistentes. Elard Tejeda afirmó haber entregado S/ 400 mil y luego S/ 600 mil en sobres manila; un examen físico-químico confirmó que ambos montos podían caber en un sobre A-3, desvirtuando una de las líneas de defensa del exmandatario.
Asimismo, quedó acreditado que la empresa Obrainsa solicitó al Banco Continental el retiro de S/ 400 mil en efectivo el 24 de enero de 2014, monto que fue entregado a Tejeda. Este retiro se encuentra respaldado por documentos bancarios que, según la jueza, “acreditan la existencia del primer desembolso”. La sala también destacó la existencia de llamadas telefónicas entre Obrainsa y la empresa CyM Vizcarra, así como la presencia del exgobernador en oficinas de la constructora a finales de 2013 e inicios de 2014, según confirmó una testigo presencial.
Una de las discusiones centrales del juicio fue la presencia del exmandatario en Lima en abril de 2014. Si bien la defensa presentó reportes y un reportaje periodístico para probar que Vizcarra estuvo en Moquegua en esas fechas, el tribunal consideró que dichos documentos no tenían “fecha cierta” y que la presencia del exgobernador en la capital quedó corroborada por testimonios y documentación complementaria. Además, el colegiado destacó las reuniones entre Vizcarra y el gerente general de ICCGSA, Fernando Castillo, en La Molina, encuentros corroborados incluso por el chofer del funcionario.
La jueza explicó que la UNOPS solo recomendaba al Gobierno Regional de Moquegua qué consorcio debía ganar la buena pro, pero la decisión final recaía en la gestión regional, encabezada por Vizcarra. Varios testigos confirmaron que el exgobernador gestionaba directamente presupuestos para el Proyecto Especial Pasto Grande y conocía perfectamente el uso de recursos y los contratos involucrados. El tribunal señaló que el imputado, como presidente del directorio de Pasto Grande, tenía pleno conocimiento de las obras, su financiamiento y sus avances, responsabilidad que, sumada a los testimonios y evidencias, permitió acreditar su participación directa.
Entre las pruebas más determinantes, el colegiado mencionó testimonios múltiples que coincidieron sobre entregas de dinero en sobres manila, documentos bancarios que confirmaron retiros y pagos fraccionados, llamadas telefónicas entre empresas implicadas y CyM Vizcarra, reuniones corroboradas con ejecutivos de Obrainsa e ICCGSA, e indicios que comprometieron la versión del exmandatario sobre su presencia en Moquegua en fechas clave. El tribunal remarcó que “se ha acreditado responsabilidad penal en los dos hechos imputados” y que Vizcarra debe ser objeto de una sanción penal.
Tras la lectura de sentencia, corresponde conocer si la defensa del exmandatario presentará recurso de apelación, lo que elevaría la decisión a una sala superior. Este caso se convierte en uno de los capítulos más significativos del proceso Lava Jato en el Perú, donde exautoridades de alto nivel han enfrentado condenas por corrupción, cohecho y colusión en megaproyectos públicos.
