IMORALIDAD AL DESCUBIERTO en la Comuna Provincial: Funcionaria cobraba sueldo en varias municipalidades
La Municipalidad Provincial de Huánuco, bajo la batuta del llamado “alcalde fiestero” Antonio Jara Gallardo, contrató los servicios profesionales de la señora Pamela Yessica Justiniano Niño, a quien le paga sus honorarios, no obstante que dicha persona cobra sueldos de manera simultánea en diferentes municipalidades distritales, transgrediendo de la prohibición de la doble percepción de remuneraciones del Estado y del deber de brindar servicio público con dedición exclusiva y a tiempo completo.
Tiempo que viene trabajando para la municipalidad
Doña Pamela Yessica Justiniano Niño, ingresó a trabajar en la municipalidad provincial de Huánuco, el 11 de setiembre de 2020, siendo alcalde en ese entonces José Luis “Loqui” Villavicencio Guardia, mediante la suscripción del Contrato Administrativo de Servicios N° 077-2020-MPHCO-GM; posteriormente suscribió diversas adendas ampliatorias.
Lo que llama poderosamente la atención es que, al ingresar como inquilino municipal “Toño Jara” Gallardo, no advirtió la acción dolosa de Pamela Yessica y volvió a suscribir una nueva Adenda al Contrato Administrativo de Servicios, signado con el N° 077-2020-MPHCO-GM, el 15 de noviembre de 2022, a plazo indeterminado, luego de estar laborando durante casi todo el año 2022.
Lo peor, la modificación contractual se hace por tiempo indeterminado. El documento señala textualmente: ““Objeto de la Adenda al Contrato – Modificación del Plazo del Contrato: Mediante el presente documento, las partes contratantes Municipalidad provincial de Huánuco y la Sra (ta)”. PAMELA YESSICA JUSTINIANO NIÑO, convienen de mutuo acuerdo, Modificar LA CLAUSULA CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO del Contrato Administrativo de Servicios N° 077-2020-MPHCO-GM, en cumplimiento de la Resolución Gerencial N° 448-2022-MPHCO-GM, en el marco del primer párrafo del Artículo 4° de la Ley N° 31131, que establece:
“Desde la entrada en vigencia de la presente hasta que se produzca la Incorporación a que se refiere el Artículo 1°, los Contratos Administrativos de Servicios son de carácter indefinido (…)”, En ese contexto se modifica la Cláusula Cuarta del Contrato Administrativo de Servicio N° 077-2020-MPCHO-GM, quedando en el siguiente término: CLAUSULA CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que, a partir del 10 de marzo del 2021, adquiere la Condición de Contrato a Plazo Indeterminado.”
De esta manera, la señora Pamela Yessica Justiniano Niño tiene vínculo laboral vigente con la Municipalidad, desempeñándose en el cargo de “especialista en control patrimonial” desde el 14 de setiembre de 2020 y continúa laborando hasta la fecha.
Pamela Yessica trabajaba y cobraba simultáneamente en otras municipalidades
Efectivamente, Pamela Yessica Justiniano Niño, Especialista en Control Patrimonial, trabaja y cobra remuneraciones en forma paralela y simultánea, en las siguientes instituciones:
Municipalidad Distrital de Yarumayo
De acuerdo con el Comprobante de Pago Nº 94 del 16 de marzo de 2023, girado a nombre de Pamela Yessica Justiniano Niño, se establece que la Municipalidad Distrital de Yarumayo, mediante orden de servicio y/o trabajo N° 000028 de 3 de febrero de 2023, contrató a la aludida servidora de la Municipalidad Provincial de Huánuco, para la realización del servicio de toma de inventario físico de bienes muebles y patrimoniales del ejercicio fiscal 2022 de la Municipalidad Distrital de Yarumayo, consignando como plazo de ejecución de la prestación de servicios, treinta (30) días calendarios y como monto contractual cuatro mil soles.
Luego posteriormente, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Municipalidad Distrital de Yarumayo, emitió el informe N° 041-2023/MDY/SGA-UAyCP-LATV2 de 10 de marzo de 2023, mediante el cual, otorgó su conformidad a la orden de servicio N° 000028-2023, al haber subsanado las observaciones que se le efectuaron; razón por la cual, mediante comprobante de pago N° 94 de 16 de marzo de 2023; y, en cumplimiento de este documento, la Municipalidad Distrital de Yarumayo pagó a la señora Pamela Yessica Justiniano Niño la suma de cuatro mil soles por el servicio prestado.
Municipalidad Distrital de San Pedro de Chaulán
Igualmente, la Municipalidad Distrital de San Pedro de Chaulán, contrató los servicios de Pamela Yessica Justiniano Niño, para realizar servicios de consultoría para la elaboración del inventario de bienes patrimoniales correspondiente al año fiscal 2022, percibiendo una remuneración de 12 mil soles.
Este hecho se desprende del Comprobante de Pago Nº 239 de 29 de marzo de 2023, girado a nombre de Pamela Yessica Justiniano Niño, acción no permitida por la normativa pertinente, que indudablemente acarrea responsabilidad administrativa, cobros indebidos y responsabilidad civil, cuando no penal.
Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayran
En el caso de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Cayrán, esta entidad, mediante Orden de Servicios Nº 000037 de fecha 14 de febrero de 2023, contrató los servicios de Pamela Yessica Justiniano Niño, para la realización de servicios de registro en la toma de inventarios de bienes patrimoniales, cuyo plazo de entrega fue de 30 días calendario, por el monto de 9 mil soles.
Eso se puede apreciar en el Comprobante de Pago Nº 151 de fecha 27 de marzo de 2023, girado a nombre de Pamela Yessica Justiniano Niño, quien presentó a la Municipalidad la Carta Nº 0001-2023-PJN de fecha 7 de marzo de 2023, remitiendo el trabajo realizado en la toma de inventario de bienes correspondiente al año fiscal 2022.
Atendiendo a dicha Carta, la Unidad de Logística emitió el documento denominado “Acta de Conformidad de Servicios Nº 97-2023 del 17 de marzo de 2023, lo que generó que posteriormente se emita el comprobante de pago N° 151 de 27 de marzo de 2023, a favor de la señora Pamela Yessica Justiniano Niño, por el concepto de “Servicios para el registro en la toma de inventarios de bienes patrimoniales correspondiente al ejercicio fiscal 2022”, consignando el monto de S/9 000,00.
Municipalidad Distrital de Yanas
De la misma manera, la Municipalidad Distrital de Yanas, contrató a Pamela Yessica Justiniano Niño, para el servicio de consultoría para el inventario de bienes patrimoniales y conciliación contable que corresponde al ejercicio fiscal del 2022 y remisión del informe al SINABIP de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas.
La mencionada municipalidad distrital pagò a la empleada de la municipalidad provincial de Huánuco, la suma de siete mil soles, tal como se desprende del Comprobante de Pago Nº 174 del 17 de abril de 2023, girado a nombre de Pamela Yessica Justiniano Niño, en perjuicio del Estado.

No serían las únicas municipalidades donde trabajó Yessica
En realidad, la relación de municipalidades distritales con las que suscribió contrato de servicios Pamela Yessica Justiniano Niño y cobró doble percepción de remuneraciones del Estado, es mucho más larga.
En efecto, son once las municipalidades distritales a las que prestó servicios la empleada de la Municipalidad Provincial de Huánuco, del período de 2021 hasta la actualidad, de acuerdo con la publicación efectuada por “Transparencia Económica Perú” del Ministerio de Economía y Finanzas.
Normas legales que transgredió Pamela Yessica
Son muchas las normas legales transgredidas por Pamela Yessica Justiniano Niño, por lo que sólo citaremos las principales:
El Artículo 40º de la Constitución Política del Estado: “La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente.”
Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, Principios – Art. 3º “Ningún empleado público puede percibir del Estado más de una remuneración, retribución, emolumento o cualquier tipo de ingreso. Es incompatible la percepción simultánea de remuneración y pensión por servicios prestados al Estado. Las únicas excepciones las constituyen la función docente y la percepción de dietas por participación en uno (1) de los directorios de entidades o empresas públicas.”
Nuestra publicaciòn tiene como fuente el Informe de Acción de Oficio Posterior Nº 091-2024-2-0401 de la OCI de la Contraloría General de la República.
Reflexiones
La moral es un valor fundamental de la persona, pilar y piedra angular para aspirar a ser servidor del Estado, entidad de gobierno y rector del desarrollo nacional. Las cosas como van en nuestra patria, nos demuestran diariamente, que todo está fallando: la educación en el hogar; la educación en las aulas de todos los niveles educativos; los paradigmas sociales.
Que buen paradigma podemos tener de las altas esferas del gobierno central, con una presidenta ilegítima, la señora Dina Hercilia Boluarte Zegarra, que tiene 3% de aprobación a su gestión, a quien el pueblo la señala como usurpadora del cargo presidencial, a través del golpe de estado congresal; investigada por un concurso real de delitos, que van desde crímenes de lesa humanidad, pasando por los relojes Rolex que su Wallqui Oscorima le entregó como prebenda para favores presupuestales, hasta el “Cofre Presidencial” que lo vincularía sentimentalmente con el prófugo Vladimir Cerrón.
Otro paradigma negativo proviene de los congresistas de la república, grupo mafioso con honrosas excepciones, que son potenciales delincuentes, quienes han convertido el recinto del legislativo en un burdel, han mandado asesinar a una testigo clave, y están investigados por un concurso real de delitos, con sendas denuncias constitucionales presentadas por la Fiscalía de la Nación, para el antejuicio político y pérdida de la inmunidad parlamentaria.
Es muy lamentable que la gente honrada, que se preparó profesionalmente para servir al desarrollo de la nación, recoja estos pestilentes paradigmas con el dicho, “si ellos son y se llevan al peso todo lo que pueden, porque nosotros no”. Que pena, porque eso equivale a no entender que “mal de muchos es consuelo de tontos.”