KEIKO FUJIMORI irá a la cárcel con prisión preventiva por romper reglas de conducta

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El fiscal anticorrupción de Perú, José Domingo Pérez, ha solicitado se dicte 18 meses de prisión preventiva contra Keiko Fujimori Igushi (a) “Señora K”. La solicitud se basa en la violación de las reglas de conducta impuestas en el caso Cócteles y por su salida del país hacia Estados Unidos sin autorización judicial, habida cuenta que la investigada y acusada de liderar una organización criminal, se encuentra con libertad con restricciones por mandato judicial, lo que implica que existen reglas que se deben cumplir sí o sí, bajo apercibimiento de variarse por prisión preventiva.

Comparecencia Restrictiva

En efecto, la Segunda Sala de Apelaciones Nacional Permanente en Crimen Organizado había impuesto a Fujimori comparecencia restrictiva el 30 de abril. Esta medida le prohíbe ausentarse de la ciudad y domicilio, sin autorización escrita del Poder Judicial, una restricción que, según el fiscal Pérez, fue infringida con su viaje a EE.UU.

Juicio por Lavado de Activos

De otro lado, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional de Perú, ha fijado para el 1 de julio del 2024 el inicio del juicio oral contra Keiko Fujimori Igushi y otras 45 personas. Se les imputa la presunta comisión del delito de lavado de activos, relacionado con aportes millonarios recibidos de empresas para financiar sus campañas electorales de 2011 y 2016, conocido como el caso cócteles.

Contexto Político y Legal 

Keiko Fujimori, que dirige el partido Fuerza Popular, considerado como una organización criminal con fechada de partido político por el fiscal Domingo Pérez, enfrenta acusaciones que vinculan su campaña presidencial con fondos ilícitos. Estas acusaciones incluyen aportes no declarados de la constructora brasileña Odebrecht y de empresarios peruanos, mediante el pitufeo de dinero a cuentas personales.

Implicaciones Futuras 

El pedido del fiscal José Domingo Pérez, se enmarca estrictamente en lo establecido en los artículos 287° y 288° del Nuevo Código Procesal Penal, porque la acusada realizó un viaje fuera del país, sin previamente solicitar el permiso judicial correspondiente, lo que implica el incumplimiento de las reglas de conducta o medidas de restricción. En este orden de ideas, el juez penal deberá variar la libertad con restricciones y disponer la prisión preventiva por el plazo solicitado.

Esto es importante, porque todos estamos obligados a cumplir los mandatos judiciales, nos guste o no; y, la autoridad está obligada ha hacer cumplir sus disposiciones, por el principio de autoridad, en un estado democrático de derecho constitucional. Será un precedente para quienes están con libertad con restricciones. Además, dicho de paso sea, esto no es ninguna cosa sorprendente que se le imponga a doña Keiko Fujimori Igushi, porque es una práctica procesal consuetudinaria, en la que a diario se producen estas variaciones contra procesados penalmente por diferentes delitos en toda la república, que incumplen las reglas restrictivas.

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